La
insostenibilidad del sistema penitenciario responde a problemas en el diseño de
la política criminal, al déficit financiero y a la inoperatividad de las
actividades de resocialización, así lo advierte el Grupo de Derecho de Interés
Público y la Relatoría de Prisiones de la Universidad de los Andes.
La
crisis del sistema penitenciario colombiano ha sido un tema ampliamente
documentado y es una situación conocida por el Gobierno y la ciudadanía. No en
vano ya no sorprenden las noticias que dan cuenta de las condiciones de vida
infrahumanas a las que son sometidas las personas en los establecimientos de
reclusión, o las que reportan, una y otra vez, los problemas de salubridad y
hacinamiento que se presentan en las cárceles.
Como lo
ha documentado el Grupo de Derecho de Interés Público y la Relatoría de
Prisiones de la Universidad de los Andes, la insostenibilidad del sistema
penitenciario responde a problemas en el diseño de la política criminal, al
déficit financiero y a la inoperatividad de las actividades de resocialización.
Estos problemas se intensifican, a su vez, con la persistencia de la violación
masiva de derechos humanos a la población reclusa como consecuencia del
hacinamiento carcelario.
Como lo
muestran las cifras, en las dos últimas décadas Colombia ha experimentado un
aumento drástico y sostenido de las tasas de encarcelamiento. Durante el
período comprendido entre diciembre del 1993 (tiempo en el que se promulgó el
Código Penitenciario y Carcelario) y abril del 2012, la población de internos
pasó de 29.114 a 107.320 personas, pero la capacidad de los establecimientos de
reclusión sólo se incrementó en 50.701 cupos. Hoy el índice de hacinamiento
alcanza su máximo histórico, al llegar a 41.8 por ciento.
El
hacinamiento, que ya luce insostenible, ha empeorado con la entrada en vigencia
de la Ley 1453 del 2011. Esta ley, comúnmente identificada como “Ley de
seguridad ciudadana”, incrementó las penas de algunos delitos y modificó
sustancialmente la tendencia de crecimiento de la población reclusa a partir de
junio del 2011. Así, entre junio del 2011, mes en el cual entró en vigencia la
Ley 1453, y abril del 2012, la población penitenciaria aumentó en 13.933
personas. En total, se pasó de 93.387 internos en junio del 2011 a 107.320
internos en abril del 2012.
Ante
este nuevo escenario, de acuerdo con cálculos y cifras del Instituto Nacional
Penitenciario y Carcelario (INPEC), la población reclusa crecería en promedio
18.000 individuos por año, con lo cual se llegaría a 156.700 personas presas para
diciembre del 2014. Este incremento de la población reclusa es preocupante
puesto que para finales del 2014 la capacidad de cupos del sistema se
mantendría en 75.676. Es decir que, de seguir así, se generaría una
sobrepoblación aproximada de 80.000 personas, lo cual haría que el índice de
hacinamiento fuera incluso superior al 100 por ciento.
Esta
eventual sobrepoblación, en términos de sostenibilidad financiera, haría
colapsar al sistema carcelario. En el 2012 el sistema ya presenta un déficit
presupuestal del 13,5 por ciento. Ahora, si se considera que el costo anual de
un interno, según el INPEC, es de 11.540.372 millones de pesos, para el 2015,
el déficit presupuestal podría ser superior al 40 por ciento.
Como es
obvio, este déficit agraviaría la situación de la población reclusa y le
impediría al Estado cumplir, por ejemplo, la contratación adecuada de los
servicios de salud y la alimentación para los internos, el mantenimiento de la
infraestructura, los traslados o el suministro de materiales para las
actividades de resocialización.
A su
vez, el hacinamiento y los problemas de financiación se traducen en las escasas
oportunidades de educación y trabajo que las cárceles ofrecen a la población
reclusa.
A pesar
de que la educación y el trabajo son dos de los pilares del esquema de
resocialización del sistema penitenciario, la realidad de las prisiones
colombianas muestra que el Estado está lejos de proveer las condiciones mínimas
necesarias para alcanzar el ideal de resocialización que justifica su accionar.
Por
ejemplo, de acuerdo con cifras del INPEC, en 1999 el 41 por ciento de la
población carcelaria tenía trabajo; en diciembre del 2005 el 34,4 por ciento
tenía alguna ocupación y en septiembre del 2008 tal porcentaje fue del 31,7 por
ciento.
En la
actualidad, la población reclusa ocupada es de sólo el 27 por ciento. En este
sentido, se puede decir que la prisión colombiana no ha sido capaz de lograr su
fin último y más importante, que es reformar y educar a los reclusos, y que
esta ha sido una institución puramente punitiva y no en un mecanismo de
rehabilitación.
Ante la
crisis del sistema penitenciario, la solución reiterada que el Estado
colombiano ha ofrecido ha sido históricamente la misma: la construcción de más
establecimientos de reclusión. No obstante, este tipo solución parece bastante
problemático e inadecuado puesto que asume que la población reclusa seguirá
aumentando de forma constante y acelerada, con lo cual queda en evidencia una
política profundamente punitiva que no resuelve los problemas que generan
criminalidad.
Adicionalmente,
la experiencia muestra que las nuevas cárceles sólo suplen parcialmente los
problemas de hacinamiento existentes (permitiendo reubicar a la población
hacinada actualmente), pero no crean nuevos cupos para las personas que sean
privadas de la libertad en el futuro. De este modo, ante el crecimiento
exponencial de la población reclusa y el déficit presupuestal que alega el
INPEC, la construcción de más cárceles y penitenciarías es una solución errada.
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